Entorno a Can Ricart
Varias noticias de los últimos días hablan de nuestra querida Can Ricart:
- Por una parte el Ayuntamiento de Barcelona ha ofrecido Can Ricart al Ministerio de Fomento para que la antigua fábrica sea sede del Museo de Urbanismo, aunque no es totalmente de propiedad municipal. De conseguirse recuperar y reutilizar este complejo industrial del Poblenou, la zona completaría su reactivación con el centro de la nave Oliva Artés y el parque central diseñado por Jean Nouvel.
- De otra parte, se ha conocido que el estado de conservación ha empeorado debido a la acumulación de escombros, el agua de lluvia… todo lo imaginable en el interior de un Bien de Interés a pocos metros de los rascacielos del 22@. Las obras de recuperación permanecen detenidas desde hace meses, y el proyecto estrella -Linguamón- tiene un futuro incierto. Por tanto ahora las naves carecen de vigilancia alguna. Si el principal proyecto para Can Ricart fracasa, el Ayuntamiento dispondrá de la nave principal para ofrecérsela al Ministerio y que éste invierta en su recuperación. Pero la situación en que se encuentran las naves pequeñas, con futuro museístico algunas, es más preocupante.
Era el año 2007 cuando Marcelino B. Taboada desde 
La Asociación “Ciudadanos por la Defensa del Patrimonio” se ha dirigido al Alcalde de Salamanca para solicitarle que suspenda la orden 000124/2011-ORDE de fecha 15 de noviembre de 2011, firmada por el Quinto Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca. Dicha orden, en base a un expediente relativo al estado de conservación de la antigua fábrica de alcoholes de Salamanca, sita en la Ctra. de la Fregeneda (barrio de Tejares), elaborado por el Jefe del Servicio Jurídico de la Gerencia de Urbanismo y Vivienda, requiere a la propiedad de la nave industrial en cuestión para que “en el plazo máximo de quince días, proceda, a la vista del deficiente estado de conservación en que se encuentra la nave y del peligro que existe de que se produzcan nuevos incendios, a solicitar ante este Ayuntamiento la licencia urbanística para efectuar el derribo de la edificación”.


