PGOU y Patrimonio Histórico
Artículo de Javier Ruiz Carvajal, presidente de la Federación de Asociaciones del Patrimonio de la Humanidad de Castilla y León, en la prensa de Segovia.
El PGOU es un instrumento urbanístico que clasifica los suelos y regula la equidistribución de beneficios y cargas de la urbanización, planificando la orientación del crecimiento urbano mediante la delimitación de sectores, el índice de permeabilidad, las unidades de ejecución y demás técnica urbanística especializada, con el objetivo de construir o ampliar la ciudad. De manera que es imprescindible para urbanizar y edificar, pero muy peligroso por su enorme afán constructor que puede convertirlo en una peligrosa maquinaria arrasadora del medio ambiente y especuladora del suelo, como en los conocidos y numerosos escándalos urbanísticos que asolan las costas y los entornos de las grandes capitales. Y los Cascos Históricos no son una excepción. Hoy día es muy difícil que construyan en los jardines del Alcázar, pues el monumento fuerte está ya a salvo de transformaciones urbanísticas, pero no sucede lo mismo con el monumento débil constituido por el caserío, las huertas, los jardines, los patios arbolados, las vistas protegidas y el paisaje urbano, que son elementos susceptibles de ser explotados urbanísticamente por la voracidad del PGOU.
Los siguientes casos ponen de manifiesto que la legislación urbanística no es la herramienta legal adecuada para la conservación de un Casco Histórico de categoría mundial:
- La demolición de parte del edificio de la Unión Previsora por un exceso de lo construido, después de tener paralizadas las obras durante más de dos años.
- La pérdida de las vistas desde La Canaleja del atrio norte de la iglesia románica de San Millán debida al exceso de construcción de los adosados.
- La eliminación de la huerta de Las Oblatas, elemento esencial de un conjunto conventual tan interesante o más que el propio edificio, para construir un macroaparcamiento al servicio del hotel, que ha llevado a las Reales Academias de la Historia y a la de Bellas Artes de San Fernando a suscribir “que se trata de un caso de evidente expolio del Patrimonio Histórico Español”.
- Las construcciones ilegales en la huerta de La Parra cuya sentencia firme de derribo dictada por el Tribunal Supremo no desea cumplir el PGOU del propio Ayuntamiento.
- La construcción a la fuerza de una “caja escénica” mucho más grande que el volumen original en la autodenominada “rehabilitación” de las cuatro paredes que han dejado del edificio de lo que fue el teatro Cervantes.
- El grave conflicto que se avecina en el supuesto “convenio” mercantil de expropiación de la huerta del Seminario, con el objetivo de construir aparcamientos y demás, promocionando el uso del automóvil en el centro histórico.
- La urbanización y construcción en el cinturón verde del Casco Histórico con más de cincuenta apartamentos camuflados entre unos innecesarios e ilegales muros de contención.
- La construcción de una nave almacén de maderas en la huerta del Monasterio del Parral.
- El tren de adosados construidos en el espacio libre de la Muralla del Paseo del Obispo.
- Los pareados construidos en la fachada de Zamarramala que afectan a las vistas protegidas desde los jardines del Alcázar.
Estos casos, con el denominador común de que son susceptibles de mayor construcción, han dado lugar a numerosos y graves enfrentamientos entre el Ayuntamiento y la Junta, como consecuencia de lo improcedente que para un Casco Histórico de categoría mundial es un instrumento urbanístico. Pues su propia naturaleza es desarrollista, y por tanto inapropiado para un barrio rodeado por una muralla del reinado de Alfonso VI, donde se integran en sugestiva armonía el entramado medieval de sus calles, los tonos ocres de su caserío y el verde de sus huertas con las iglesias románicas, los palacios y los torreones, donde no hay que urbanizar ni construir sino, al contrario, conservar, mantener y mejorar.
Podría ser la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León, a través de su Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, que tiene por misión “velar por la protección y la conservación”, la que protegiera el monumento débil. Pero, al encomendar esta Ley la protección del patrimonio a un instrumento de la legislación urbanística se cae dentro de la voraz esfera de una herramienta que alienta e impulsa la construcción y que, bajo el principio del “ius variandi”, permite toda clase de modificaciones. De manera que aunque en un principio el planeamiento urbanístico especial sea adecuado y sincero, las modificaciones urbanísticas “puntuales” que posibilita, terminan por justificar construcciones totalmente opuestas a la conservación del patrimonio.
La Concejalía de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento, en quién nosotros teníamos depositadas grandes esperanzas, puesto que fuimos promotores e impulsores de su creación, podría actuando desde el origen haber moderado los excesos del urbanismo, pero desgraciadamente no ha sido así. De tal manera que las agresiones al patrimonio débil han sido de tal dimensión que las Reales Academias de la Historia y de Bellas Artes de San Fernando acordaron conjuntamente el día 20 de mayo de 2005 que “lo actuado en la ciudad de Segovia representa uno de los atentados contra el patrimonio cultural más graves y brutales que han vivido las ciudades monumentales españolas”.
Amigo, además de tocayo, Javier: de acuerdo con todo lo que dices. Lo principal está protegido pero el entorno desprotegido: dicho como resumen a bote pronto de lo que dices. Algo parecido a esto digo desde hace muchos años: la fábrica de las iglesias y las piezas singulares están protegidas y conservadas o en fase de ello, pero el interior está desprotegido de “modernizarse”. Un recuerdo Javier Lorente
Gracias por tu amable comentario, amigo tocayo. Lo fundamental que denuncio en el artículo es que el monumento débil de los cascos históricos de categoría mundial se destruye por el desmedido egoismo de ganar dinero, transformando para siempre la morfología y el paisaje urbano al construir en sus jardines y huertas. Esta maliciosa característica, en connivencia o tolerancia con la Administración, distingue estas destrucciones del patrimonio cultural de otras en las que las causas pueden ser la desidia o la falta de recursos económicos, por lo que resultan mas honestas y comprensibles.
La cuestión que plantea Javier R. Carvajal es de máxima relevancia. Ya nadie en los ayuntamientos tiene interés en la conservación del monumento menor. Es una tónica de la falta de sensibilidad de lso ayuntamientos en españa. A principios del siglo XX el Ayuntamiento de Lugo quería volar con dinamita parte de la muralla romana. Lo impidó la denuncia de unos ciudadanos. En León demolieron tres cubos de la muralla romana. El grado de insensibilidad de esta instituciones en relación con la conservación del patrimonio puede llegar a ser abismal. Lo que llama Javier “el monumento débil” sencillamente no cuenta pa ellas incluso en ciudades Patrimonio de la humanidad como Segovia. ¿Cómo va a ser lo mismo el Convento de las Oblatas con su huerta que con un aparcamiento? Solamente un espíritu bárbaro puede asimilarlos. Cesáreo Villoria