Ley del Patrimonio Histórico, andaluz
El Pleno del Parlamento de Andalucía ha aprobado una nueva Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía que simplifica las medidas actuales de protección, del año 1991. De la nueva normativa destaca:
- La lucha contra la “contaminación visual” de los monumentos. Se pretende evitar el impacto visual negativo que sobre el patrimonio pueden producir elementos como antenas, rótulos publicitarios, equipos de mobiliario urbano o instalaciones de energía y telecomunicaciones, unos elementos que estarán por primera vez sometidos a la autorización de la Junta.
- Establece sanciones de hasta un millón de euros para los delitos contra el patrimonio
- Se crea la sanción moral en caso de demoliciones no autorizadas de bienes, que deberán ser restituidos
- El texto unifica las regulaciones estatal y autonómica sobre la materia y adecua sus disposiciones a la legislación urbanística y medioambiental aprobada en los últimos años, al tiempo que integra en un único catálogo tanto las dos figuras de protección estatales (Bienes de Interés Cultural y Bienes Muebles) como las dos autonómicas (Bienes de Catalogación Genérica y Bienes de Catalogación Específica).
- Se instituye la categoría de Zona Patrimonial para proteger aquellos lugares que reúnan bienes de distinta naturaleza y cronología, y que serán gestionadas por un órgano específico, denominado Parque Cultural.
- Se incluye también el patrimonio intangible, el patrimonio industrial, y se establece la creación de entornos de protección cautelares para los inmuebles que no cuentan con esa delimitación, que beneficiará a los castillos.